analizar este caso y enviar sus conclusiones via al correo electronico que le fue asignado en la ultima coctelera (unicamente deben analizar el riesgo moral y las teorias de contrato) maximo 5 paginas.
1) El riesgo moral paginas de referencias:
http://www.uaim.edu.mx/webraximhai/Ej-13articulosPDF/03RIESGOMORAL.pdf
http://www.comie.org.mx/congreso/memoria/v10/pdf/area_tematica_04/ponencias/0568-F.pdf
http://www.juandemariana.org/comentario/287/riesgo/moral/kate/moss/
2) Las teorias de contrato paginas de referencias:
http://www.monografias.com/trabajos68/teoria-general-contrato/teoria-general-contrato2.shtml
Nota: en esta pagina se va a hacer referencia en la pagina 54-60 la credibilidad bayersiana en el riesgo, y unas de las tantas aplicaciones en el area de los seguros en el analisis de riesgo (solo lectura de refrescamiento de la teorias bayersianas)
http://www.matematicas.unam.mx/lars/libros/riesgo.pdf
hola buenas tardes profesor su material esta muy bueno le voy a mandar la actividad de riesgo moral a su correo gracias
hola buenos dias profe como estas m parece muy interesant el resumen de riesgo moral
hola buenos dias profesor espero que se encuentre bien la actividad que asigno es demaciada larga seccion 001 de adm de desastre
hola buenas tarde profesor me parerce muy iinteresante lo del resaumen pero es un poco largo
Bachiller: Carlos Pérez
Sección: I001d
Carrera: Adm. Desastres
Riesgo moral
Cuando hablamos de riesgo moral hacemos referencia a la de responsabilidad personal o cuando describimos una situación en la que un individuo aislado de las consecuencias de sus acciones podría cambiar su comportamiento del que habría tenido si hubiera estado expuesto completamente a las consecuencias de sus acciones.
En el caso de la crisis financiera se ha hablado de conductas bancarias irresponsables por causa de la posibilidad de existir rescates gubernamentales. Quien otorga créditos tenderá a ser más arriesgado si puede pasar el costo de sus errores al gobierno, que si sabe que los tendrá que asumir de su bolsillo
Es de importancia notar que el concepto específicamente excluye malas intenciones, tentativas fraudulentas, entre otras intensiones negativas. Y esta íntimamente relacionado con situaciones de información asimétrica y el problema del agente-principal donde la relación de agencia se define como un contrato donde una persona el cual corresponde al (principal) recurre al servicio de otra que corresponde al agente (agente) para que cumpla una tarea en su nombre y provecho.
Un ejemplo parecido es del que usted comento en clase de mecánico y el conducto, que el conductor se dirige a una ayuda al mecánico para que le haga el trabajo en el vehiculo, el conductor actúa como principal y el mecánico como agente.
Cuando hablamos de contrato es el acuerdo entre personas de derecho que manifiestan su voluntad para dar nacimiento, modificar o extinguir una relación y el cual se inscribe en los actos jurídicos quiere decir acto humano voluntario o consciente que tiene por fin establecer entre las personas relaciones jurídicas. En otros caso existen contrato el cuando son aceptado verbalmente o a través de una comunicación y no legalmente esos se denominan xxxxxx.
En el riesgo moral hablamos de contratos de actos jurídicos, responsabilidades, relaciones, para realizar un contrato una relación jurídicamente legal, existen tanto como requisitos, hablamos de el sujeto quien concluye un contrato debe ser capaz, es decir debe estar habilitado por la ley para poder realizar esta clase de actos. El artículo 1022 del Código Civil dispone que "los contratos tienen fuerza de ley entre las partes contratantes".
El sujeto, como parte de su personalidad, tiene la capacidad jurídica. Esta es la potencialidad de ser sujeto de efectos de derecho y se adquiere con la personalidad del sujeto hablamos del objeto que corresponde a la prestación o prestaciones que las partes resultan obligadas a rendirse en virtud del acuerdo. Existen prestación posible: donde su realización es racionalmente concebible, lo ilícito: debe adecuarse a las actividades permitidas, por no estar prohibidas por la ley, la moral o las buenas costumbres, determinable: debe fijarse con criterios objetivos, susceptible de valoración económica: pues el contrato produce efectos de naturaleza jurídica patrimonial únicamente.
Muchas veces en la mayoría de contrato, relación, convenios, entre otros existe este elemento el cual es la violencia o intimidación esta se determina por la presión que se ejerce sobre una persona para que manifieste su voluntad en una dirección distinta con la amenaza de un daño injusto y notable.